La continuidad de la causa por la venta ilegal de tierras quedó en manos del STJ

Por segunda vez en lo que va del año, se suspendió la audiencia debate en la causa por la adjudicación irregular y venta de tierras denunciada hace más de una década. En esta nueva oportunidad, la Cámara del Crimen N° 1 había puesto como fecha el 8 y 9 de agosto, días en que debían comparecer los 18 imputados, sin embargo la misma volvió a suspenderse por los recursos contra resoluciones recientes interpuestas por los inculpados. De esta manera, ahora la continuidad de la causa dependerá de la resolución del Superior Tribunal de Justicia.

Es preciso señalar que las actuaciones de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) derivaron en la acción judicial en el año 2006 por fraude a la administración pública. En noviembre de 2010 la Fiscalía de Investigación Penal N° 3 elevó a la Cámara en lo Criminal la citación a juicio y el embargo contra Omar Rodríguez, Antonio Luis Blanco, Roberto Cogno, Carlos Esteban Gasko, José Pedro Moreno, Julio Segundo Vargas, Adolfo Sánchez, Ramón Ceferino Navarro, Ismael Sánchez, Salvador Alegre, José Artemio Prituluk, Alejandro Manuel Pavela, Silvia Beatriz Lipps, Antonia Mabel Toloza de Fernández,  Carlos Manuel Pavela, Italo Mostachi, Adolfo José Buratovich, Nelly Mabel García de Buratovich y Ernesto Omar Nikisch.

Además hay otras acciones conexas con relación a los hechos investigados por la FIA, la cual se tramita ante la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo -única instancia-, bajo el expediente  3479/09, caratulado "Provincia del Chaco s/ Acción de Lesividad, instaurada por la Fiscalía de Estado".

 

Modificación de leyes

Cabe recordar que la investigación encarada por la FIA es la que derivó finalmente en las acciones judiciales, pero al mismo tiempo fue el motor para introducir modificaciones en leyes provinciales, como también disposiciones para la adjudicación de tierras, las que a partir de determinada cantidad de hectáreas dejaron de ser autorizadas por Colonización y pasaron a ser responsabilidad del Ejecutivo provincial por decreto.

La modificación de la Ley 1140 permitió introducir el artículo sobre lesividad, para recuperar las tierras, por la cual la autoridad administrativa podrá anular, revocar, modificar o sustituir de oficio sus propias resoluciones para a partir de allí previo dictamen jurídico y con intervención y conformidad de Fiscalía de Estado la administración formulará declaración de lesividad por razones de ilegitimidad.

Otra de las modificaciones que se efectuaron impide transferir el inmueble hasta diez años después de efectuada la escritura traslativa de dominio, debiendo inscribirse esta restricción en el Registro de la Propiedad Inmueble.