Funcionarios salientes deben cumplir con las leyes de Etica y Juicio de Residencia

Los cambios producidos en la conducción del Ministerio de Salud del gobierno provincial, motivan a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) a recordar que los funcionarios salientes están obligados a cumplir con las leyes de Etica y Transparencia en la Función Pública, como así también la de Juicio de Residencia, esta última norma alcanza al ahora exministro de Salud Luis Gómez Samella.

Es preciso señalar que la Ley de Etica establece las pautas que rigen el desempeño de la función pública respecto de los deberes, prohibiciones e incompatibilidades de la conducta de los funcionarios, pero además obliga a las autoridades a tener que presentar la declaración jurada de bienes patrimoniales al inicio y al finalizar su gestión. De esta manera tanto el ministro como lo subsecretarios que cesaron sus cargos, deberán presentar esas declaraciones dentro de los 15 días hábiles de haberse notificado el fin de sus mandatos.

 

Rendir cuentas

En el caso de Juicio de Residencia, la norma N° 7602 sancionada el año pasado sostiene que todo funcionario público una vez concluido su mandato o producida la cesación en sus funciones, están sujetos a rendir cuentas de su gestión, del destino de los fondos asignados por presupuesto, de la evolución de su patrimonio personal, a cumplimentar con las declaraciones juradas de bienes personales y a la valoración pública de su desempeño.

En el ámbito de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas se creó un registro público que permite a la ciudadanía efectuar las denuncias sobre el accionar del funcionario saliente o cesante en el término perentorio de 60 días de concluido el mandato o cesado en sus funciones. Además los ahora exfuncionarios cuentan con 30 días hábiles para cumplir con los informes y las declaraciones patrimoniales.

También se recuerda que el decreto reglamentario indica que la Dirección de Personal o Jefe de Recursos Humanos de la jurisdicción donde el funcionario se haya desempeñado, comunicará, electrónicamente o por cualquier otro medio fehaciente el cese de mandato o funciones a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas de los funcionarios sujetos a Juicio de Residencia, dentro de los diez días corridos, como así también el instrumento legal pertinente, con indicación de los datos personales del funcionario saliente y domicilio declarado.