FIA ratificó pedido de sanción contra abogada del municipio capitalino
La Fiscalía de Investigaciones Administrativas, a fines de septiembre del año pasado dispuso sancionar a la entonces funcionaria municipal de Resistencia, Alicia Ogara y la asesora legal de esa comuna, Silvia Orrego, a partir de la denuncia presentada por la Defensoría del Pueblo a quien se le negó información respecto a estudios de costos del boleto de colectivo.
La resolución rubricada por el fiscal general Heitor Lago, recomendó a la máxima autoridad municipal y del Concejo, el apercibimiento de Orrego y el cobro de astreintes a Ogara, por incumplir la Ley de Acceso a la Información Pública.
Casi medio año después, la FIA recibió una notificación de la ahora llamada Asesoría General Administrativa Municipal, donde comunica que la sanción a Orrego será de "imposible" cumplimiento porque la agente varió el lugar de prestación de servicio (ahora en la Asesoría General Administrativa Municipal), "por lo que no existen actualmente autoridad de aplicación ni dependencia", haciendo entrever la disolución de la Asesoría Letrada.
El escrito rubricado por el abogado Marcos Rolando Alarcón de la Dirección General Administrativa, asimismo solicita a la FIA que de corresponder se sancione por el incumplimiento a quien era responsable de la Secretaría Legal y Técnica "a los efectos de que la justicia no solo recaiga en el personal subalterno, sino también en las autoridades responsables".
Ante este hecho la Fiscalía decidió ratificar el pedido de sanción, y remitió la actuación al intendente Jorge Capitanich para que proceda al apercibimiento de la abogada. Además se solicitó al Concejo informe respecto al cumplimiento de la aplicación de la multa a Ogara.
El caso
El 20 de noviembre de 2014, el Defensor del Pueblo Gustavo Corregido solicitó a la presidenta de la Comisión Mixta de Transporte, la entonces concejal Alicia Ogara (luego secretaria de Obras Públicas municipal) la remisión de copias de los estudios de costos relativos al aumento de la tarifa del transporte público de pasajeros. Ogara dijo que el pedido era "improcedente", basado en la opinión emitida por la Dirección de Asesoría Legal, firmado por Silvia Orrego, quien consideró que no era obligación de la comuna contestar a la Defensoría del Pueblo en virtud de que la Constitución Nacional expresa "la autonomía institucional, política y administrativa del municipio, como también lo prescribe la Carta Orgánica Municipal".
La FIA determinó que se incurrió en una falta grave del artículo 8 de la ley 6431 (Acceso a la Información Pública) y por ello impuso sanciones.