FIA recuerda la vigencia del Juicio de Residencia para funcionarios salientes
En su carácter de autoridad de aplicación, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) recordó que todos los funcionarios que dejan sus cargos deben iniciar formalmente el proceso dispuesto por la Ley 2325-A de Juicio de Residencia y su Decreto Reglamentario N° 1997/15. Este procedimiento exige al finalizar la gestión, tanto de las máximas autoridades como también ministros, secretarios, subsecretarios y directivos de empresas del Estado u organismos autárquicos, rindan cuentas sobre el destino de los fondos asignados y la evolución de su patrimonio personal.
Con motivo de la feria administrativa, los plazos y términos legales se encuentran suspendidos desde el 24 de diciembre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026 inclusive, de esta manera, los 30 días hábiles que establece la Ley para realizar la presentación no tendrán en cuenta el período comprendido entre las fechas de receso.
Un aspecto de la normativa es la participación social, y en el Artículo 5° se instituye el Registro Público en el ámbito de la FIA, en el cual la ciudadanía podrá efectuar denuncias sobre el accionar del funcionario saliente en el término perentorio de 60 días de concluido el mandato.
Detalle de la presentación
El cumplimiento del Juicio de Residencia se divide en tres ejes presentados ante la FIA y el Tribunal de Cuentas:
Informe de Ejecución Presupuestaria: Detalle de recursos y gastos asignados a su jurisdicción hasta la fecha de cese, emitidos por el sistema SAFyC.
Evolución Patrimonial: Declaración Jurada de bienes (propia y del cónyuge) con formularios específicos que detallan el estado patrimonial, movimientos de bienes registrables y cuentas bancarias.
Balance de Gestión: Un informe sobre el cumplimiento de metas y programas. En caso de no haber alcanzado los objetivos previstos, el funcionario debe fundamentar los impedimentos u obstáculos encontrados.
Guía de trámites y requisitos generales
La documentación debe prepararse para su presentación en formato papel y digital (o vía email a fis.inv.adm@ecomchaco.com.ar) incluyendo:
Nota de presentación con nombre, DNI, cargo, fechas de ingreso/egreso y constitución de domicilio legal e informático en la provincia.
Documentación respaldatoria: Copia de la nota presentada ante el Tribunal de Cuentas y copia del decreto o instrumento de designación y cese.
Detalle de la rendición
Ejecución de Recursos y Gastos (Art. 4° a): Los estados deben estar firmados por el funcionario. En la Administración Central se requieren estados emitidos por SAFyC; en Entes Descentralizados, los que surjan de sus propios sistemas contables.
Evolución del Patrimonio (Art. 4° b): Incluye explicación de estados bancarios, movimientos de bienes y formularios FIA (Anexos I a IX), además de la copia de las DD.JJ. ante la Escribanía General de Gobierno.
Balance de Gestión y Metas (Art. 4° b): Detalle de programas, metas formuladas, grado de cumplimiento y descripción de acciones ejecutadas.
En la web
Por último, cabe mencionar que, para hacer la presentación ante la FIA, el organismo en su página web tiene un apartado especial para Juicio de Residencia en el que los propios funcionarios tienen instructivos de cómo hacer la presentación (https://fia.chaco.gov.ar/juicio-de-residencia).