Concluyó Juicio de Residencia a Soneira, Muñoz Femenía, Baroni y Durnbeck

La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) emitió las resoluciones de Juicio de Residencia de los exministros Marta Soneira (Desarrollo Social), Federico Muñoz Femenía (Hacienda), como también de las secretarias Cecilia Baroni (General de la Gobernación) y Teresa Durnbeck (Inversiones Asuntos Internacionales), según lo dispone la Ley N° 7602 sancionada en 2015.

Al igual que en los últimos expedientes ya concluidos, la Fiscalía en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley, llevó adelante el análisis de toda la información entregada, como así también activó los mecanismos de investigación para poder arribar a las conclusiones que se emiten en los informes y resoluciones.

Estas actuaciones fueron giradas a la Comisión de Seguimiento Legislativo de Juicio de Residencia, que la integran los diputados Ricardo Sánchez, Elda Pértile e Irene Dumrauf. De esta manera se cumple con lo dispuesto en el artículo 11 de la normativa y el artículo 7 del decreto reglamentario.

 

Los informes

Las resoluciones que llevan la firma del fiscal general Heitor Lago, no realiza observaciones en el caso de Muñoz Femenía, Baroni y Durnbeck, al tiempo que se destaca el caso de la exsecretaria de Inversiones por la "modalidad, detalle y precisión del informe del Balance de su gestión".

Por otra parte la resolución de Soneira tiene observaciones en cuanto a incumplimiento de la presentación del Estado de Ejecución de Recursos tanto ante la FIA como el Tribunal de Cuentas. Además hace un requerimiento para que rectifique la declaración jurada patrimonial de ingreso y egreso dado que no incluyó en ellas los ingresos mensuales, los que " si bien son verificados en el programa PON es necesaria su inclusión expresa en el formato de la declaración".

También se expone que "de la presentación realizada por la funcionaria en tiempo oportuno de Ley y los antecedentes reunidos, surge el cumplimiento parcial de exigencias formales, omitiendo la presentación de la Ejecución de Recursos y la consignación de los ingresos en las Declaraciones Juradas Patrimoniales. Pese a ella, no surge de la información obrante en el expediente y de su análisis, hechos relevantes que indiquen negligencia o mal desempeño, ni irregularidades para responsabilizar a la funcionaria".